Política y Economía

El Gobierno giró al Congreso la reforma financiera y aclaró que no cobrará Ganancias a las inversiones en CEDEARs

El ministerio de Economía reconoció un descuido: esa cláusula integraba un borrador antiguo de la iniciativa y será eliminada. La Cámara de Diputados recibirá un texto corregido en un paquete con 240 artículos.

El Gobierno envió en las últimas horas a la Cámara de Diputados el proyecto de Ley de Competitividad Financiera, una iniciativa de 240 artículos que modifica las reglas del crédito, del mercado de capitales y de las garantías, y que lleva la firma del presidente Javier Milei; del jefe de Gabinete, Diego Santilli, y de los ministros Luis Caputo, Federico Sturzenegger y Alejandra Monteoliva. El texto llegó con una polémica: incluía un apartado que proponía cobrar el impuesto a las Ganancias por la venta de CEDEARs, el instrumento que usan miles de ahorristas para invertir en el exterior sin abrir una cuenta afuera. Horas más tarde, el ministerio de Economía avisó que ese punto se retirará.

Un CEDEAR es un certificado de depósito argentino que se negocia en el mercado local y representa una parte de una acción, un bono u otro activo que cotiza fuera del país. Comprarlo permite seguir desde Buenos Aires la evolución de empresas extranjeras sin abrir una cuenta en el exterior, y su precio se mueve con la cotización del activo de origen y con el valor del dólar financiero. Hoy, quien vende un CEDEAR no paga Ganancias, porque recibe la misma exención que las acciones argentinas.

La versión inicial del proyecto buscaba terminar con ese beneficio. Planteaba reemplazar un inciso del artículo 26 de la ley del impuesto y aplicar un criterio de transparencia fiscal, conocido como «look-through»: la operación con el certificado habría recibido el mismo tratamiento que el activo subyacente, de modo que, si comprar la acción extranjera de manera directa estaba gravado, hacerlo a través de un CEDEAR también. La regla alcanzaba a los certificados adquiridos desde el 31 de octubre de 2026 y, según el tributarista Sebastián Domínguez, la alícuota habría sido del 15%.

Primera página del proyecto de Ley de Competitividad Financiera que ingresó en la Cámara de Diputados (Foto: Poder Ejecutivo).

El malestar de tributaristas y agentes bursátiles fue inmediato. Felipe Núñez, director del BICE y asesor de Caputo, salió a aclarar en la red social X que el apartado se eliminaría: «Quedó de un borrador viejo. Se va a retirar». Fuentes del ministerio de Economía admitieron que la redacción había quedado de una versión anterior del texto y que ya se estaba corrigiendo.

El borrador justificaba el cambio con un argumento: sostenía que la ley vigente abrió «una fisura en el sistema», porque los inversores locales compran CEDEARs para no pagar impuestos cuando «en realidad están invirtiendo en activos subyacentes extranjeros que, de ser adquiridos de forma directa, se encontrarían plenamente gravados». También hablaba de «ventajas fiscales espurias» y de «subsidios fiscales indirectos» a la tenencia de activos externos, y se proponía dejar de dar incentivos que desvían el ahorro local hacia el exterior.

El resto de la reforma, que se debatirá en las comisiones de Legislación General, Pequeñas y Medianas Empresas, Finanzas y Presupuesto y Hacienda, incorpora la «neutralidad tecnológica»: los títulos podrán emitirse y registrarse en soportes digitales como blockchain y se habilita la tokenización de acciones, obligaciones negociables y cuotapartes de fondos comunes de inversión, con los activos virtuales bajo la órbita de la Comisión Nacional de Valores. Además amplía los bienes que pueden darse en garantía para tomar crédito -activos virtuales, propiedad intelectual, inventarios e ingresos futuros-, crea un Sistema Federal de Registro de Garantías, permite vender plazos fijos de 365 días o más antes del vencimiento y estira de 15 a 21 días el plazo para la aceptación automática de la factura de crédito electrónica pyme.

elCanciller

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