El Consejo Electoral de Ecuador frena el segundo intento de revocar el mandato de Daniel Noboa

Con esta decisión, los dos pedidos presentados este año han quedado archivados antes de la recolección de firmas.
La posibilidad de activar un proceso de revocatoria del mandato contra el presidente de Ecuador, Daniel Noboa, volvió a quedar descartada este martes después de que el Consejo Nacional Electoral (CNE) rechazara una segunda solicitud presentada con ese objetivo. La decisión deja sin efecto los dos intentos promovidos en los últimos meses para poner en marcha el mecanismo constitucional que permitiría consultar a la ciudadanía sobre la continuidad del mandatario en el cargo.
Tras revisar el expediente, el pleno del organismo electoral concluyó que la petición no reunía los elementos exigidos por la legislación para avanzar a la siguiente etapa del procedimiento. En consecuencia, resolvió no entregar los formularios oficiales necesarios para iniciar la recolección de firmas, un requisito indispensable para cualquier proceso de revocatoria.
El análisis realizado por las áreas técnicas y jurídicas del CNE determinó que los promotores no sustentaron de manera suficiente las causales invocadas para solicitar la revocatoria. Entre sus argumentos figuraban supuestos incumplimientos del plan de gobierno con el que Noboa ganó las elecciones y presuntas infracciones a obligaciones constitucionales, aspectos que, según el organismo, no fueron acreditados con la fundamentación requerida.
La resolución corresponde a una iniciativa distinta de la que ya había sido desestimada semanas atrás. Durante este año llegaron al CNE dos solicitudes independientes para promover la revocatoria del presidente, aunque ninguna logró superar el examen inicial de admisibilidad previsto en la normativa electoral.
El primer expediente fue presentado por un grupo de ciudadanos encabezado por el abogado Washington Andrade. El organismo lo rechazó a mediados de julio por incumplir los requisitos legales establecidos para este tipo de procesos. Los impulsores solicitaron posteriormente una revisión mediante un recurso de corrección, pero el pleno ratificó su decisión y mantuvo archivada la petición.
El segundo intento fue impulsado por dirigentes y organizaciones sociales cercanas al movimiento indígena, que buscaban abrir un nuevo procedimiento con argumentos distintos. Sin embargo, la evaluación jurídica del CNE llegó a la misma conclusión: las causales invocadas no cumplían las condiciones necesarias para habilitar el mecanismo de participación ciudadana previsto en la Constitución.
Antes de que el pleno resolviera este expediente, el Gobierno también intervino en el proceso. El secretario jurídico de la Presidencia, Enrique Herrería, acudió al organismo electoral para solicitar que la petición fuera desestimada, al sostener que carecía del sustento constitucional y legal requerido para avanzar hacia la fase de recolección de apoyos ciudadanos.
La revocatoria del mandato está contemplada en la Constitución ecuatoriana como un instrumento mediante el cual los electores pueden decidir, a través de las urnas, la permanencia de una autoridad elegida por voto popular antes de que concluya su período. No obstante, el procedimiento establece varias etapas previas cuyo cumplimiento es obligatorio antes de convocar una consulta.

El primer filtro corresponde al propio CNE, que debe verificar si la solicitud presentada identifica y fundamenta adecuadamente las causales previstas en la legislación. Solo si ese análisis resulta favorable el organismo entrega los formularios oficiales para iniciar la recolección de firmas.
En el caso del presidente de la República, los promotores deben reunir respaldos equivalentes al 15 % del padrón electoral nacional. Una vez verificadas esas firmas, el CNE puede convocar a un referéndum en el que la ciudadanía decide si mantiene o revoca el mandato presidencial.
Los dos procesos iniciados contra Noboa quedaron detenidos antes de llegar a esa fase. Ninguno obtuvo autorización para recoger firmas, por lo que el mecanismo nunca comenzó formalmente.
Aunque la resolución del Consejo Nacional Electoral pone fin al trámite administrativo dentro de esa institución, los impulsores todavía podrían acudir al Tribunal Contencioso Electoral para impugnar la decisión, como prevé el ordenamiento jurídico ecuatoriano para este tipo de controversias.
Con el rechazo del segundo expediente, el Gobierno supera, por ahora, el principal intento institucional de activar una revocatoria durante el primer año del nuevo mandato presidencial.
Infobae



